En este año, los contribuyentes han recibido cartas invitación por parte del SAT como un programa continuo para que no olvidemos que ahí están, que nos vigilan, y realmente ha sido tedioso y desgastante porque señalan que lo hacen con la finalidad de exhortar al cumplimiento de las obligaciones fiscales o bien aclarar la información atípica interpretada por la autoridad fiscal.
Si eres de los afortunados contribuyentes que has recibido una o más INVITACIONES DEL SAT, te sugerimos:
® Tener a la mano una constancia de cumplimiento de obligaciones donde podrás ver si tienes o no obligaciones sin presentar.
® Si no tienes obligaciones pendientes, y el SAT te determina una supuesta diferencia que puede ser de un mes, o de varios meses y años normalmente del 2018 a la fecha, revisa los CFDI que dan lugar a estas supuestas diferencias.
® Haz un papel de trabajo donde demuestres que la supuesta diferencia que el SAT te marca NO es correcta y anota los motivos.
® Cuentas con un plazo de 15 días posteriores a la recepción de la invitación o requerimiento de acuerdo al artículo 33-A del Código Fiscal de la Federación.
® Como el SAT lo considera un asunto administrativo, la respuesta del SAT no da lugar a un juicio en su contra.
Es muy conveniente dar respuesta a las cartas INVITACION, toda vez que los algoritmos con que trabaja la plataforma del SAT descuentan automáticamente a quienes han atendido las invitaciones y dejan para revisiones aleatorias las invitaciones que no fueron atendidas.
Es una inversión de tiempo importante, pero vale la pena que los contribuyentes hagan un esfuerzo por atenderlas aunque sea de manera simple, sobre todo porque llegan hasta 4 veces las mismas invitaciones solo van cambiando las fechas de emisión o aumentan un mes de supuestas diferencias, lo cierto es que dándole seguimiento si emiten un comunicado donde señalan que han sido solventadas en sentido positivo, por ello, si vale la pena dar respuesta.
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