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GASTOS FUNERARIOS IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social en términos del artículo 104  deberá otorgar una prestación en dinero en el caso de fallecimiento del asegurado o pensionado.

Esta ayuda para gastos funerarios será de 2 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevada al mes y que corresponderá a la fecha del fallecido, es decir si alguien fallece ahora el apoyo que el IMSS les otorgara será de $ 5,282.30; para lograr este beneficio se deben cumplir con los requisitos siguientes:

 

ü  Que el asegurado fallecido tenga registradas un mínimo de doce semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización.

 

ü  Que el asegurado o pensionado, se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento.

 

ü  La persona que haga la petición deberá ser preferentemente la que se encuentre descrita en la cuenta original de los gastos de funeral o en su caso, la persona a quien el concesionario transmita los derechos en este documento, presentando ambas identificaciones oficiales.

 

ü  Tratándose de documentos públicos expedidos en el extranjero, deberán contener la apostilla o legalización, según corresponda, más otros requisitos específicos en torno al idioma.

Ahora bien, los documentos que debe presentar a la solicitud son:

 

1.     Identificación oficial con fotografía VIGENTE del solicitante. Original y copia.

 

2.    Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado. Original y copia.

 

3.    Clave Única de Registro de Población (CURP) del asegurado o pensionado. Original y copia.

 

4.    Cuenta Original de los gastos de funeral (factura o documento fiscal que avala el pago de los servicios funerarios de un asegurado o pensionado del IMSS que describa cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicios de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación). Original y copia.

5.    Copia certificada del Acta de Defunción, expedida por: Las oficinas o juzgados del Registro Civil de la Entidad Federativa que corresponda o de la Ciudad de México. Original.

 

Tratándose de fallecimiento de un asegurado por Riesgo de Trabajo, además se deberá presentar:

 

1.     ST-7 Aviso de atención médica inicial y calificación de probable accidente de trabajo.

Esta prestación la puede solicitar en el servicio de prestaciones económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar del IMSS del país.

Descarga el Boletín de Gastos Funerarios IMSS  de la siguiente liga: Presiona Aquí.

14 comentarios en “GASTOS FUNERARIOS IMSS

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