A unos días de haber sido publicada en el Diario Oficial de la Federación la 7ª modificación a la RMISC 2022, ya el SAT dio a conocer a través de su portal la primera versión de lo que puede ser la octava modificación a RMISC que ahora compartimos los principales cambios:
Reintegros. Se adiciona la regla 2.3.17. para que las personas físicas o morales que deban reintegrar alguna cantidad recibida como una devolución de pago indebido, deberán hacerlo por medio de la línea de captura que se solicitará conforme a la ficha de trámite 319/CFF “Reintegros” del Anexo 1-A.
Cambio de domicilio fiscal. Modifican la regla 2.5.11 para ahora prever que los contribuyentes podrán presentar o concluir el trámite en las oficinas del SAT, previa cita, cumpliendo con los requisitos contemplados en la ficha de trámite 77/CFF “Aviso de cambio de domicilio fiscal.
Además se adiciona el supuesto de los contribuyentes que solo obtengan ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, podrán efectuar el trámite por conducto de la oficina virtual, empleando la ficha referida.
Presentación de avisos en el RFC. Proponen adecuaciones para la redacción de las fichas de tramites por corrección, o cambio de nombre y demás datos de identidad de manera que pueda realizarse presencial, o a través de la plataforma del SAT o bien en la oficina virtual.
Reducción de multas. Los posibles porcentajes pueden ser:
Antigüedad | Multas por impuestos propios | Multas por impuestos retenidos o trasladados |
Hasta 1 año | 90% | 70% |
Más de 1año y hasta 2 años | 80% | 60% |
Más de 2 años y hasta 3 años | 70% | 50% |
Más de 3 años y hasta 4 años | 60% | 40% |
Más de 4 años y hasta 5 años | 50% | 30% |
Más de 5 años | 40% | 20% |
Declaración de pago de los derechos por utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos. Existe la posibilidad de prorrogar el pago de los derechos por la utilidad compartida relativos a agosto de 2022 para el 31 de octubre de 2022
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