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RECHAZO DEVOLUCIÓN ISR

El SAT con su esquema de pre llenado de la declaración anual, descarto miles de facturas por supuestas discrepancias y errores, todos los años ha realizado este rechazo, sin embargo ahora el sistema de facturación electrónica ha provocado que millones de  comprobantes fiscales reales, solo porque su programa aleatorio otorga devoluciones o las niega a total discreción.

Así las cosas, las devoluciones automáticas negadas por la autoridad, se deben presentar de forma manual anexando la documentación que pida el SAT y que por cierto la tiene en su poder ya, y el plazo para hacerlo es de 5 años.

®  Al presentar la devolución de forma manual, es importante adjuntar:

 

1.           Los XML debidamente requisitados conforme a la versión 3.3.

2.           Revisar que los datos de la cuenta bancaria, no contenga errores.

3.      Anexar toda la documentación que requieran como son constancia de percepciones de retenciones de intereses, dividendos, asimilados, y las que correspondan conforme al régimen de tributación y a la particularidad de las deducciones por las operaciones normales o las personales.

 

® En caso de que nieguen o rechacen la devolución, existen otras alternativas y una de ellas es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) que tiene procesos de conciliación en donde los contribuyentes pueden acercarse de forma gratuita para que ésta pueda evaluar las pruebas y la evidencia que den soporte a la devolución y con eso emprender un proceso conciliatorio entre autoridad y el contribuyente.

Prodecon ofrece sus servicios de forma gratuita a través del correo electrónico atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx o vía telefónica llamando al 5512059000 en Ciudad de México y al 800 611 0190 en el interior del país.

 ® Impugnar es otra alternativa, para ello  deberás presentar un recurso de revocación ante el SAT, que evaluara a través de la Administración General Jurídica del SAT, las pruebas y determinara si la resolución te es favorable.

® Si la resolución no te favorece, puedes escalar a un juicio de nulidad.

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