En el Portal del SAT se dio a conocer el día de ayer 31 de Marzo
de 2020, lo que será la primera
modificación a las Reglas Misceláneas
(RMISC) 2020, en la cual se prevé un cambio en el sentido que tanto la obligación como la
sanción relacionadas con la habilitación del buzón tributario serán aplicables
para personas morales a partir del 30 de septiembre de 2020 y para las personas físicas a partir del 30 de noviembre de 2020.
Habilitar
y mantener actualizado su BUZON TRIBUTARIO le evitara actos de
molestias y multas