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MULTA  PATRONAL  POR NO AFILIARSE  AL  INFONACOT

El día de hoy  4 de Abril de 2024, la STPS publicó en el Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)  que entra en vigor el 5 de abril del presente año.

La obligación señalada en el numeral 132, fracción XXVI Bis del mismo ordenamiento legal, sanciona al patrón que no afilie su centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) con una multa que va de 50 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización; esto actualmente equivale de $ 5,428.00 a $ 162,855.00.

Existen problemas para la inscripción  a esta institución, por lo que establecer una multa  es excesivo y violatorio de los derechos del patrón porque la plataforma no funciona  y en el número telefónico que publican para dudas o apoyo no contestan,  por lo que  deben resolver esta problemática antes de establecer multas.

Descarga el Boletín Multa patronal por no afiliarse al infonacot de la siguiente liga:Presiona Aquí.