Uncategorized

LEY DE ECONOMÍA DIGITAL PARA PAGOS DIGITALES Y ELECTRÓNICOS

El 4 de noviembre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación esta nueva ley, vigente desde el 5 de noviembre. Su objetivo es impulsar el uso de transferencias, tarjetas, códigos QR y otros medios electrónicos de pago.

¿QUÉ CAMBIA PARA LOS NEGOCIOS?

• Los comercios y prestadores de servicios podrán incorporar medios electrónicos para recibir pagos. La ley no obliga, por sí sola, a todos los negocios a dejar de aceptar efectivo.

• La Secretaría de Hacienda determinará los sectores o actividades en los que los pagos digitales podrán ser el único medio permitido. Se publicarán reglas y plazos de aplicación gradual.

• Las autoridades federales, estatales y municipales deberán avanzar en la aceptación de pagos electrónicos para trámites y servicios.

¿CUÁL ES EL EFECTO FISCAL?

La ley no crea por sí misma un nuevo impuesto ni modifica las tasas del ISR o del IVA. Sin embargo, los pagos digitales facilitan la identificación y conciliación de operaciones. Los ingresos deben registrarse, facturarse y declararse conforme a las disposiciones fiscales que ya resulten aplicables.

¿QUÉ RECOMENDAMOS?

Revisar los medios de cobro disponibles, conservar los comprobantes de las operaciones y conciliar periódicamente estados de cuenta, depósitos, CFDI y registros contables. Asimismo, dar seguimiento a la publicación de sectores obligados y sus reglas específicas.

IMPORTANTE: La obligación de aceptar exclusivamente pagos digitales no es general ni inmediata para todos los contribuyentes; dependerá de las disposiciones que emitan las autoridades competentes.