En el Diario Oficial de la Federación se ha publicado el acuerdo del INFONAVIT señalando que se prorrogan los plazos hasta la fecha que ellos mismo publiquen para todos los trámites que deban realizar ante ellos.
Además se modifican las reglas para el otorgamiento de créditos conyugal para añadir el préstamo familiar, definiendo:
CRÉDITO CORRESIDENCIAL, son aquellos trabajadores derechohabientes que no tienen parentesco entre sí y habiten o deseen habitar la misma vivienda.
CRÉDITO FAMILIAR, este tipo de crédito como su nombre lo indica, se da cuando los derechohabientes son parientes entre sí
También añaden una nueva regla para dar a conocer la manera en que debe obtenerse un crédito para línea II , es decir para la adquisición de una vivienda, los porcentajes del monto máximo del préstamo , número de participantes y demás información se dará a conocer solo a los interesados en el sitio de Internet del Instituto; ahí mismo se les indicara los documentos a presentar, sobre todo tratándose de la acreditación del parentesco de los derechohabientes que estén realizando el trámite del crédito familiar, además el INSTITUTO podrá utilizar cualquier tecnología inclusive biométrica, para asegurare de la plena identificación de los derechohabientes durante el trámite del préstamo.