El día de hoy 12 de diciembre de 2022, la Secretaria del Trabajo y Previsión Social publicó en el Darío Oficial de la Federación, el Acuerdo por el cual se establecen criterios de inspección en materia de subcontratación relacionados con servicios turísticos y de hospedaje, que contiene los siguientes puntos finos:
La Industria Hotelera no pueden subcontratar labores con carácter de especializado los de:
® limpieza de habitaciones (camaristas)
® registro de huéspedes
® atención al huésped
® cocineros
® cantineros
® capitán de meseros
® meseros
® encargados de lavandería y ropería
® lava losas
® limpieza y cuidados de la cocina, y
® reservaciones y cargos de habitación
Así las cosas, consideran que estos trabajos se encuentran vinculados con el objeto social y la actividad económica que realizan, y ordenan instrumentar las visitas de inspección o de constatación con objeto de vigilar el cumplimiento del presente acuerdo cuya vigencia inicia mañana 13 de Diciembre de 2022.
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