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INCAPACIDADES O AUSENCIAS ANTE INFONAVIT

Con la reforma a la Ley del INFONAVIT publicada el 21 de Febrero de este año, establece que los patrones deben continuar realizando los descuentos por los créditos que tengan sus trabajadores INCLUSIVE  si estos están incapacitados o ausente de su trabajo.

Sin embargo no todo está perdido, el INFONAVIT ofrece un autoseguro por incapacidad  laboral que permite que el trabajador mantenga su crédito hipotecario sin tener que pagar las mensualidades hasta por dos años presentando su dictamen de incapacidad total permanente o invalidez parcial del 50 % o más emitido tanto por el IMSSA como por el ISSSTE.

 

Obviamente esta obligación que le asignan al patrón de continuar pagando las aportaciones al Infonavit incluso en casos de incapacidad representa una carga adicional que merma su flujo de efectivo.

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