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GASTOS  POR CUENTA DE TERCEROS

Es importante conocer tanto el concepto como los requisitos para la deducción de los gastos efectuados por cuenta de terceros, ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal de 2024, asi tenemos los siguientes puntos finos:

Los gastos por cuenta de terceros son aquellos realizados por una persona o empresa en nombre de otra, donde el beneficiario final no es quien realiza el pago.

De acuerdo a la  Resolución Miscelánea Fiscal (Regla 2.7.1.12. para 2024), establece los lineamientos para esta modalidad de gastos que prácticamente son de dos tipos:

1.   Cuando las erogaciones son realizadas por el tercero y luego reembolsadas.

2.   Cuando se entregan recursos al tercero para que posteriormente efectúe los gastos.

Ahora bien, en el caso de existir cantidades no utilizadas estas deberán ser devueltas al contribuyente  a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal, sin embargo si son recursos que se otorgaron en Diciembre podrán ser devueltos hasta el 31 de Marzo del año siguiente, de no hacerse se considerara como un ingreso acumulable y deberá emitirse el CFDI correspondiente.

 Es bastante  complicado para el tercero que realiza los pagos está obligado a  expedir un CFDI con el complemento “Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros”. Este documento debe detallar las cantidades recibidas, los gastos efectuados, los comprobantes de dichos gastos y cualquier remanente devuelto al contribuyente. Este tratamiento también aplica a los fedatarios públicos, agentes aduanales y otros intermediarios de acuerdo a la Regla 2.7.1.4.

Descarga el Boletín Gastos por cuenta de terceros de la  siguiente liga: Presiona Aquí.