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BONO POR PRODUCTIVIDAD

Con la eliminación de la subcontratación, han encontrado un nuevo nicho las empresas con un gran número de trabajadores, por ejemplo: maquiladoras,  armadoras de autos, metalúrgicas, etc.,  esto es así porque después de tanto debate, hicieron la modificación a la subcontratación laboral como ya lo hemos comentado en  boletines anteriores, por tal razón, diversas disposiciones legales y fiscales entraran pronto en vigor aun cuando sea en distintas fechas.

®  Las modificaciones a la LFT, LSS y a la Ley del Infonavit, entraron en vigor al día siguiente de su publicación, aun cuando en disposiciones transitorias se prevé un plazo para realizar la transición.

®  Los ajustes al CFF, a la LISR y LIVA, entraran en vigor el 1o. de agosto de 2021

®  Los cambios a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, entrará en vigor a partir del año 2022

Ahora están usando este esquema para evitar el ISR en pagos por este concepto, sin embargo la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 94 es muy claro cuando señala son que “ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral “

Por lo anterior, cuando ofrecen este servicio realizado a través de una Asociación Civil registrada ante la Secretaria de Trabajo y Previsión Social  como administradora de programas de competitividad es muy importante detenerse y realizar un análisis del costo beneficio que este esquema representa, ya que aunque se trabaja bajo un esquema mixto porque el trabajador recibe sueldos que si gravan y también el bono por productividad que no consideran como ingreso exento es todo un reto asumir este riesgo.

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