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PUBLICACION DE ASAMBLEAS

Las convocatorias de las asambleas son el inicio de los requisitos que se deben cumplir  en base a la Ley General de Sociedades Mercantiles; y esto es así para garantizar el respeto al derecho de  información de los socios, ya que a través de ellas conocen del lugar, fecha y asuntos a tratar en una asamblea.

Hasta 2013 las convocatorias debían publicarse en el periódico oficial del domicilio social de la persona moral o bien en el periódico de mayor circulación; sin menoscabo de poder convocar en forma personal firmando desde luego la notificación del documento; ya en 2014 con la reforma el articulo  186 de la Ley de Sociedades Mercantiles  será a través del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles  pero marca excepciones porque solo están obligadas las Sociedades Anónimas, ya que en el caso de Sociedad de Responsabilidad Limitada, el artículo  81  del misma Ley indica claramente que para este tipo de personas morales la convocatoria es personal, por medio de una carta certificada con acuse de recibo.

Si no han actualizado sus estatutos, deberán cumplir con lo señalado en el Artículo 186 aunque puede adicionalmente difundir la convocatoria  como lo indica su contrato social.

Dentro de nuestra página www.palafox.mx en la sección de publicaciones encontrara el 28 de Abril del presente año un texto muy amplio sobre las obligaciones y requisitos de las ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS.

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