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MULTAS PROFECO

Como cada año, la Ley Federal de Protección al Consumidor actualiza los montos de las operaciones y multas, y lo hizo precisamente el  día  28 de Diciembre de 2018 a través del Diario Oficial de la Federación.

La actualización se realizó considerando el mecanismo de actualizar los importes con el índice de inflación anual que en este caso se estimó en 5.2 %, quedando de la siguiente manera:

  • De $ 272.86 a $ 27,286.87, multa que puede imponer Profeco en el desempeño de sus funciones.
  • $ 545,737.62, multa para las reclamaciones, tratándose de los consumidores que adquieran, almacenen o utilicen o consuman bienes o servicios con el objeto de integrarlos a procesos de producción, transformación o comercialización.
  • Hasta $ 10,914.75, en el supuesto de persistencia en alguna infracción perpetrada, se impondrán nuevas multas por cada día transcurrido sin acatar el mandato correspondiente.
  • De $ 272.86 a $ 873,180.19, multa para sancionar las infracciones o incumplimiento a obligaciones tales como: fomento permanente de una cultura de consumo responsable e inteligente; a que el consumidor al adquirir un bien y entregase una cantidad como depósito por su envase y empaque, tendrá derecho a recuperar, al momento de la devolución la suma integra erogada; que los proveedores y empresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios incumplan su obligación de informar gratuitamente a cualquier persona que lo solicite.
  •  También se aplicara multa de $ 545.74 a $ 1, 746,360.37 aquellas infracciones a la información y publicidad de productos importados como de manufactura nacional, como que sus etiquetas, envases y empaques se expresarán en español; el uso adecuado de leyendas «garantizado» o «garantía»; o la obligación del proveedor de entregar el bien o prestar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad.,
  • De $ 783.95 a $ 3,066,155.98  serán las multas cuando cualquier  proveedor de bienes o servicios lleve a cabo acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación; faltas a los requisitos que deben cumplir las casas de empeño en los contratos de adhesión; al tratarse de actos relacionados con inmuebles, el proveedor no proporcione al consumidor la información prevista en la LFPC; el incumplimiento por parte de los proveedores de la bonificación que deben realizar por motivo de una verificación la Profeco detecte violaciones a la LFPC.
  • De $ 163,721.29 a $ 4’584,196.01, en los supuestos particularmente graves, la Profeco podrán sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de 90 días.
  • Cuando por un mismo hecho se cometan varias infracciones, la multa total impuesta por la totalidad de las mismas no excederán de $ 9’168,392.00

Cuando al pagar resulten centavos fraccionados, se ajustaran de la siguiente manera:

  • de uno hasta 50 centavos, se ajusten a la unidad inmediata anterior
  • y las que contengan cantidades de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior.

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