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Estimulo fiscal ZONA FRONTERIZA 2019

Con la finalidad que conozca el   Decreto que concede estímulos fiscales para la región fronteriza, publicado el último día de diciembre del año pasado, abordaremos los puntos finos porque todos quisiéramos poner una sucursal o una oficina en las Ciudades del norte que se beneficiaran con este estímulo.

MUNICIPIOS DE LA REGIÓN FRONTERIZA NORTE

Del Estado de Baja California serán: Ensenada, Playas de Rosarito, Tijuana, Tecate y Mexicali;  San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides del estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo del estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac del estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros del estado de Tamaulipas.


SUJETOS

Personas físicas, morales residentes en México y residentes en el extranjero con establecimiento permanente en territorio nacional que tributen en el Título II “De las personas morales”; Título IV, Capítulo II, Sección I “De las personas físicas con actividades empresariales y profesionales”, y Título VII, Capítulo VIII “De la opción de acumulación de ingresos por personas morales” de la LISR que perciban ingresos exclusivamente en la región fronteriza norte.

REQUISITOS

  • Solicitar la inscripción en el padrón de beneficiarios del estímulo en la región fronteriza norte a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate.
  • Acreditar haber tenido el domicilio fiscal en la región fronteriza norte por lo menos los últimos 18 meses a la fecha de su inscripción en el mencionado padrón.
    Si la constitución del domicilio fiscal es menor al plazo indicado se puede acceder a los estímulos, pero deberán acreditar tener la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de sus operaciones y actividades empresariales en dicha región con bienes nuevos de activo fijo y que sus ingresos totales del ejercicio en la citada región, representen al menos el 90 % del total de sus ingresos del año.
  • Los contribuyentes que inicien actividades contar con la capacidad económica, activos e instalaciones para la realización de operaciones y actividades empresariales en dicha región, además solicitar su inscripción en el padrón indicado y acreditar que en sus funciones utilizan bienes nuevos de activo fijo, así como estimar que sus ingresos totales del ejercicio en esa zona representarán al menos el 90 % de total de año.
  • Contar con  firma electrónica avanzada y opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales
  • Buzón tributario funcionando 
  • Colaborar semestralmente con el SAT, participando en el programa de verificación en tiempo real

 ESTÍMULOS FISCALES

ISR

Aplicar un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del ISR causado en el ejercicio o en los pagos provisionales (PP) contra el ISR causado en el mismo año o en lo PP, en la proporción que representen los ingresos totales de la citada región fronteriza norte, del total de los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio fiscal o en el periodo que corresponda a los pagos provisionales.


IVA

Un crédito equivalente al 50 % de la tasa del IVA, es decir, en un 8 %.

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