Para este 2019, los días festivos OFICIALES que señala el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo serán:
- Martes 1ro de Enero. Por el inicio de año.
- Lunes 4 de Febrero. En conmemoración del Día de la Constitución Mexicana, celebrado cada 5 de febrero.
- Lunes 18 de Marzo. En conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
- Miércoles 1ro de Mayo. Por el Día del Trabajo.
- Lunes 16 de Septiembre. Por el Inicio de la Independencia de México.
- Lunes 18 de Noviembre. En conmemoración del Día de la Revolución Mexicana, celebrado cada 20 de noviembre.
- Miércoles 25 de Diciembre. Por la Navidad.
Recordemos que, cuando se labora en cualquiera de estos días, se deberá pagar un salario doble además del día normal de conformidad con el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
Conocer desde el inicio del año que días festivos obligatorios que trabajaran sus colaboradores, nos dan la posibilidad de realizar el cálculo correcto de los FACTORES DE INTEGRACION, que son la base para el pago correcto de las Cuotas Obrero Patronales.