Ya lo sabíamos, pero ahora el SAT dio a conocer en su página oficial, la primera versión anticipada del anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2021, esto solo para contemplar un cambio al artículo Décimo Primero transitorio que hace referencia al uso obligatorio del complemento Carta Porte, para quedar como sigue:
“Para los efectos de la regla 2.7.1.8 y 2.7.1.9, así como el articulo trigésimo Sexto transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento carta porte, será obligatorio a partir del 1 de Enero de 2022”
¡Creen aun, que con esto acabaran con el contrabando!