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CANCELACIÓN DE CFDI  2024

Es importante que cada contribuyente verifique que el estatus de sus CFDI  sea correcto antes de presentar su declaración anual, esto porque  como ya sabemos los algoritmos que utiliza la plataforma del SAT se basa en la búsqueda y cruce  de estos  documentos y de ahí generan las invitaciones, comunicados, e informes para determinar supuestas diferencias que debemos aclarar ante la autoridad.

El artículo 29-A, cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla que para efectuar dicha cancelación o sustitución de los comprobantes que por alguna circunstancia deban modificarse se tiene hasta  el 31 de diciembre del 2024 para efectuarlo: “salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor, los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación”.

Así las cosas en la regla  2.7.1.46 permite la cancelación en el caso de personas morales hasta el 31 de Marzo de 2025, y para las personas físicas hasta el 30 de abril  de 2025

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