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VACACIONES FRACCIONADAS

Muchas dudas han surgido en cuanto al tema de fraccionar los días de vacaciones por necesidades internos de los empleadores o de los trabajadores, de esta manera el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo señala  que el lapso de descanso debe ser seguido: “Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos”.

Pero esto puede modificarse solo si el trabajador así lo quiere.

Así las cosas Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requieraesto quiere decir que el empleado tiene la oportunidad de tomar sus vacaciones en varias exhibiciones, y deberá tenerse un escrito de solicitud del trabajador para efectos de las revisiones de la STPS

Recordemos que a partir del 2023, los días de vacaciones de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador quedaron así:

  • 1 año 12 días
  • 2 años 14 días
  • 3 años 16 días
  • 4 años 18 días
  • 5 años 20 días
  • De 6-10 años 22 días
  • De 11-15 años 24 días
  • De 16-20 años 26 días
  • De 21-25 años 28 días
  • De 26-30 años 30 días
  • De 31-35 años 32 días

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