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RETIRO PARCIAL O TOTAL DE TU AFORE

El dinero administrado por las afores, pertenecen a los trabajadores y deberán ser entregados en el momento de su  jubilación, por lo que deberán recibir de manera mensual una pensión por el resto de su vida.

 Existen ocasiones que las necesidades personales de los trabajadores se ven en la necesidad de realizar  retiros parciales y totales.

Aquí los puntos finos:

1.   Los retiros que puedes hacer de manera parcial  antes del tiempo necesario por desempleo o matrimonio.

 

2.   Por desempleo hay dos modalidades:

·        30 días de su último salario base de cotización con un límite de 10 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), si tienes 3 años con tu cuenta de Afore y 12 bimestres de cotización.

·        Lo que resulte menor entre 90 días de tu Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5% de saldo de retiro cesantía o vejez, si tienes 5 años con tu Afore.

3.   Es importante señalar que quienes realicen un  retiro parcial por desempleo se descontarán semanas cotizadas y saldo de tu ahorro, lo cual podría perjudicar al momento de hacer el trámite de la pensión.

Asi las cosas, los  requisitos para hacer un retiro parcial por desempleo son:

  • Haber cotizado al IMSS al menos 2 años.
  • Tener una cuenta afore con al menos 3 años de antigüedad.
  • Tener 46 días naturales sin empleo.
  • No haber realizado este retiro durante los últimos 5 años.
  • Tener el expediente de identificación completo y actualizado.

4.   El retiro parcial por matrimonio  solo se otorga una vez y tiene la   ventaja es que no se te descuentan semanas cotizadas.

 

Los requisitos que debes cumplir para solicitar esta ayuda son:

·        Contar con al menos 150 semanas cotizadas antes de la fecha de matrimonio civil.

·        No haber obtenido este derecho con anterioridad.

·        Que tu matrimonio civil haya sido a partir del 1 de julio de 1997.

·        Estar activo en el IMSS o bien, haberte casado por lo civil dentro de los 90 días hábiles contados a partir de la baja laboral.

·        Contar con el expediente de identificación completo y actualizado.

En cualquiera de los dos casos, el trámite se puede realizar en la afore, por medio de la App Afore Móvil o el Portal Afore Web., y cuando la solicitud sea aprobada, la Afore entregará el monto que le corresponde en un máximo de cinco días hábiles. 

5.   Retiros totales

El retiro total de los recursos de una Afore, solamente puede hacerse cuando ya cumpliste 60 o 65 años de edad y tienes las semanas mínimas de cotización. Los retiros totales dependen de condiciones, requisitos y pasos dependiendo de la ley a la que pertenezcas, la del 73 o del 97.

En el caso de la Ley 97, debes tener de 60 a 64 años (pensión por cesantía) o 65 años (pensión por vejez). Este 2024 debes tener un mínimo de 825 semanas cotizadas, el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta individual.

Descarga el Boletín Retiro total o parcial de tu afore de la siguiente liga: Presiona Aquí.