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PRORROGA CARTA PORTE

Nuevamente publica el SAT en su página, la segunda versión de la décima modificación de las Reglas Misceláneas del 2022, donde señala:

    Para los   efectos  de   los   artículos  29   y  29-A del  CFF,  los   contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de  pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0,  hasta el  31 de  marzo de  2023. Lo anterior también será aplicable a los  complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

Se entenderá  que cumplen con lo  dispuesto en las disposiciones fiscales,  aquellos contribuyentes que expidan el  CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de  2023 y este no cuente con la  totalidad de  los  requisitos contenidos en el  “Instructivo  de  llenado del CFDI al  que se  le  incorpora el  complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

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