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NUEVAS OBLIGACIONES LABORALES PARA 2027

La reforma laboral comenzara a aplicarse de manera gradual a partir del 1 de enero de 2027 estableciendo nuevas obligaciones patronales.

A continuación presentamos las obligaciones con sus fundamentos legales y las acciones que deberán realizar los patrones.

Núm.

Obligación laboral

Qué deberá cumplir el patrón

Fundamento

1

Reducción de la jornada laboral

Máximo de 46 horas ordinarias semanales en 2027.

Art. 59 LFT y segundo transitorio

2

Registro electrónico de asistencia

Registrar electrónicamente la hora de entrada y salida de cada trabajador, conforme a las disposiciones aplicables.

Art. 132, fracción XXXIV

3

Conservación de salarios

No disminuir salarios ni prestaciones por la reducción de jornada.

Séptimo transitorio

4

Control de horas extraordinarias

En 2027, hasta 9 horas extraordinarias semanales pagados al doble y un máximo adicional de 4 horas pagadas   al triple.

Arts. 66 y 68 y cuarto transitorio

5

Control de jornada diaria

Respetar los límites diarios de las jornadas diurna, nocturna y mixta.

Art. 61

6

Distribución de horarios

Establecer de común acuerdo la distribución de la jornada de trabajo.

Arts. 58 y 59

7

Descanso semanal

Conceder por lo menos un día de descanso pagado por cada seis días trabajados.

Art. 69

8

Prima dominical

Pagar al menos 25% adicional cuando corresponda por laborar en domingo.

Art. 71

9

Prohibición de tiempo extraordinario a menores

No permitir horas extraordinarias a trabajadores menores de 18 años.

Art. 123, apartado A, fracción XI, constitucional

10

Inspección y comprobación

Proporcionar a la autoridad laboral los registros electrónicos cuando los requiera.

Art. 132, fracción XXXIV

11

Cumplimiento documental

Adecuar contratos, horarios y reglamentos cuando sea necesario para reflejar las nuevas jornadas.

Arts. 25, 58 y 59

12

Evitar sanciones por falta de registro

Cumplir la obligación de registro electrónico para evitar multas de 250 a 5,000 UMA.

Art. 994, fracción IV Bis

En pocas palabras tenemos:

1.    Se reduce la jornada de 48 horas a la semana a 46 horas.

2.    La distribución de la jornada la pueden hacer siempre que se respete 1 día de descanso.

3.    Registro electrónico de la jornada, identificando a cada persona, la hora de inicio, la hora de finalización y que pueda proporcionarse estos registros a la autoridad en cualquier revisión.

4.    Se aumentan las horas extraordinarias de trabajo que pasaran de 9 horas a la semana a 12 horas, donde las primeras 9 se pagan al doble y los 4 restantes se pagan al triple.

5.    La jornada diaria mas las horas extras no deben exceder de 12 horas diarias.

Ante una revisión de la secretaria de Trabajo y Previsión Social, las multas por incumplimiento a cualquiera obligación son de 250 a 5,000 umas que ahora representa de $ 29,327.50 a $ 586,550.00. (con valores de la UMA 2027)

Es importante cumplir además con los siguientes puntos que, si bien no son novedad, es necesario recordar:

1.    Contratos individuales de trabajo por escrito

2.    Reglamento Interno de trabajo presentado ante la plataforma de la STPS

3.    Pago oportuno de salarios con el CFDI emitido y firmado por el trabajador.

4.    Acuerdos Vacacionales con el pago de las vacaciones de acuerdo con su antigüedad con su prima correspondiente del 25 % sobre los días de descanso,

5.    Pago de Aguinaldo antes del día 20 de diciembre, y sus partes proporcionales a los trabajadores que no cumplan un año de servicio.

6.    Pago del reparto de las utilidades cumpliendo con la entrega del proyecto, declaración anual, así como timbrado y firma del CFDI

7.    Capacitación y adiestramiento subiendo los formatos DC-1, DC-2, DC-3 y DC-4 según corresponda a la plataforma de la STPS.

8.    Igualmente formalizar las comisiones de capacitación, productividad y salud en el trabajo.

 

9.    Cumplimiento de la Ley silla, poner cuidado en la evidencia de asientos, pausas y medidas adoptada