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MULTAS PROFECO

La Ley Federal de Protección al Consumidor actualiza los montos de las operaciones y multas, y lo hizo precisamente el  día  26 de Diciembre de 2019 a través del Diario Oficial de la Federación.

La actualización se realizó considerando el mecanismo  inflacionario para quedar de la siguiente manera: 

  • De $ 280.98 a $ 28,098.52, multa que puede imponer Profeco en el desempeño de sus funciones
  • $ 561,970.57, multa para las reclamaciones, tratándose de los consumidores que adquieran, almacenen o utilicen o consuman bienes o servicios con el objeto de integrarlos a procesos de producción, transformación o comercialización.                
  • Hasta $ 11,239.41, en el supuesto de persistencia en alguna infracción perpetrada, se impondrán nuevas multas por cada día transcurrido sin acatar el mandato correspondiente.
  • De $ 280.98 a $ 899,152.91, multa para sancionar las infracciones o incumplimiento a obligaciones tales como: fomento permanente de una cultura de consumo responsable e inteligente; a que el consumidor al adquirir un bien y entregase una cantidad como depósito por su envase y empaque, tendrá derecho a recuperar, al momento de la devolución la suma integra erogada; que los proveedores y empresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios incumplan su obligación de informar gratuitamente a cualquier persona que lo solicite.
  • También se aplicara multa de $ 561.97 a $ 1, 798,305.81 aquellas infracciones a la información y publicidad de productos importados como de manufactura nacional, como que sus etiquetas, envases y empaques se expresarán en español; el uso adecuado de leyendas «garantizado» o «garantía»; o la obligación del proveedor de entregar el bien o prestar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad.,
  • De $807.27 a $ 3,157,358.71  serán las multas cuando cualquier  proveedor de bienes o servicios lleve a cabo acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación; faltas a los requisitos que deben cumplir las casas de empeño en los contratos de adhesión; al tratarse de actos relacionados con inmuebles, el proveedor no proporcione al consumidor la información prevista en la LFPC; el incumplimiento por parte de los proveedores de la bonificación que deben realizar por motivo de una verificación la Profeco detecte violaciones a la LFPC.
  • De $ 168,591.18 a $ 4’720,552.80, en los supuestos particularmente graves, la Profeco podrán sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de 90 días.
  • Cuando por un mismo hecho se cometan varias infracciones, la multa total impuesta por la totalidad de las mismas no excederán de $ 9’441,105.57

Cuando al pagar resulten centavos fraccionados, se ajustaran de la siguiente manera:

 

  • de uno hasta 50 centavos, se ajusten a la unidad inmediata anterior
  • y las que contengan cantidades de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior.


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