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IMSS FORZOSO PARA TRABAJADORES DEL HOGAR

La STPS publico en el Diario Oficial de la Federación del pasado  16 de noviembre de 2022, el  Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar, el cual entró en vigor el 17 de noviembre de 2022.

Entre las modificaciones más relevantes, comentamos:

®  No se considera trabajador del hogar, quien: realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica

          ®    El aseguramiento y pago de cuotas obrero-patronales se deberá enterar  al valor del salario base              de cotización mínimo integrado de la CDMX por los días comprendidos en la cobertura. concluya                la relación laboral que le dio origen.

®  El factor de integración del salario base de cotización deberá considerar los días de descanso y vacaciones a que tienen derecho los empleados del hogar, en términos de las disposiciones establecidas en la LFT.

®  El Consejo Técnico del Instituto, dará a conocer mediante reglas de carácter general el factor de integración, con el objetivo de vigilar y promover el equilibrio financiero de todos los ramos de aseguramiento.

          ®  El entero de las contribuciones correspondientes a los meses subsecuentes al mes de inicio de                 la relación laboral, se deberán hacer por anticipado, con la periodicidad por la que opte el                   empleador  y puede ser mensual, bimestral, semestral o anual.

El IMSS deberá realizar las modificaciones necesarias en un plazo de 180 días naturales, contados a partir del 17 de noviembre de 2022; lo que significa que tiene hasta el dia 15 de mayo de 2023 para hacerlo oficial.

 

Descarga el Boletín Imss forzoso para trabajadores del hogar de la siguiente liga: Presiona Aquí.