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BECARIOS ¿COMO DEDUCIR SUS PAGOS?

Los becarios son los estudiantes o pasantes de una carrera técnica o profesional que deben cumplir su servicio social o sus prácticas profesionales en empresas o dependencias de gobierno.

Cada vez es más difícil que la iniciativa privada cuente con becarios, porque el gobierno federal  ha decidido que solo puedan realizarlas en dependencias gubernamentales.

Sin embargo si es el caso y se cuenta con becarios, aun cuando no existe la obligación de realizar un pago por los servicios recibidos; hay quienes otorgar un apoyo para pasaje o alimentos donde nace la duda sobre la deducción para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

La solución es muy práctica porque se les puede dar el tratamiento de asimilados a salarios, por lo que tienen que cumplirse con las obligaciones establecidas en el artículo 99 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR); entre ellas, expedir el CFDI por concepto de asimilados a salarios con el que pueden hacer la deducción de la ayuda que proporcionen a los becarios o practicantes, esto es así porque no se les puede ubicar como trabajadores ya que no cuentan con todas las características para ello.

 

Así las cosas se debe tener toda la documentación que demuestre que se trata de un becario enviado por una institución educativa, que se otorgue:

 

®  La carta de aceptación.

®  Se firmen los reportes de las actividades que realiza el becario y;

®  Al final se dé la liberación del servicio social o las prácticas profesionales.

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