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GASOLINERAS FUERA DEL LIMITE DE LAS DEDUCCIONES

El ARTICULO 78-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta, contenida en el Proyecto Económico para 2027, establecía topar las deducciones autorizadas y perdidas fiscales a empresas con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales.

Sin embargo, en el análisis del Senado de la República, los legisladores argumentaron que el sector gasolinero está altamente regulado por lo que aprobaron una reserva para excluir explícitamente del límite de las deducciones a los contribuyentes dedicados al expendio al público, distribución o comercialización de gasolina y diésel, así como a la industria automotriz.

La minuta fue devuelta a la Cámara de Diputados para su revisión y se proceda a su publicación oficial.