La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha sido un verdadero dolor de cabeza para las MIPYMES, cada vez deben cumplir con tramites complicados y especiales que les generan no solo un costo adicional, sino además se genera un cuello de botella por la falta de claridad en los documentos que requieren en una visita de inspección.
Por estas razones, el STPS emitió un acuerdo general para aplicar una reingeniería administrativa en sus gestiones institucionales, con esta medida se eliminan múltiples requisitos documentales, fusiona gestiones afines y recorta los tiempos de resolución para agilizar la atención ciudadana, sin embargo, siempre le quedan a deber a los contribuyentes
Las 3 áreas de optimización en la gestión laboral estarán centradas en:
- Autorización de tecnologías o procedimientos alternativos (STPS-05-003): se eliminan las memorias de cálculo y los escritos libres de solicitud. La STPS ahora darán respuesta en 20 días hábiles en lugar de los 60 días naturales.
- Acreditación del Sistema de Administración y Seguridad en el Trabajo (STPS-05-004): se eliminan la entrega de escritos libres y el plazo de resolución también tiene una ligera reducción de 40 días naturales a 20 días hábiles. Además, ahora toda gestión se hará por vía digital.
- Evaluación de Normas Oficiales Mexicanas (STPS-05-024): se elimina el uso reiterado para cada tramite de las actas constitutivas, currículums y cartas compromiso, y disminuyen los tiempos de15 días naturales a 10 días hábiles.
Como siempre hay un plazo para que la autoridad cumpla con toda la renovación de la plataforma digital que tendrá un plazo de UN AÑO para que los usuarios puedan disfrutar de su “reingeniería”
Como todas las dependencias gubernamentales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no es una excepción y cuentan con dos periodos vacacionales cuyos días se consideran inhábiles:
· 15 al 31 de julio de 2026, y
· 15 al 31 de diciembre de 2026
no se computarán los plazos y términos correspondientes en la instauración y substanciación de los siguientes procedimientos:
1. inscripción en el padrón de subcontratistas especializadas establecido en el numeral 15 de la Ley Federal del Trabajo (con excepción de la renovación del registro), y
2. en materia de inspección y vigilancia e imposición de sanciones que realizan las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos, Inspección Federal del Trabajo, Coordinación Regional y de las Oficinas de Representación Federal del Trabajo en los estados
No obstante, es posible que se habiliten días y horas de los lapsos referidos, cuando exista causa que lo justifique.
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