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7ª. REFORMA A RMISC

El día  20 de septiembre de 2022 se publicó en el DOF la séptima resolución de modificaciones a la RMISC 2022, misma que en el portal del SAT había sido anunciada el 26 de agosto, por lo cual, no hay sorpresas, solo confirmaciones de los puntos más importantes que comentamos a continuación:

Saldos a favor del ISR de personas físicas. Se confirma que se  tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando el domicilio se encuentre como no localizados. Sin embargo cuando se trate de contribuyentes que únicamente tributen en términos del régimen de sueldos y salarios, en cuyo caso, se tendrá por presentada su solicitud de devolución con independencia de la situación de su domicilio fiscal.

 Autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. Se deben cumplir con algunos requisitos como:

 

®  No haber efectuado operación con contribuyentes del 69-B del CFF

®  Eliminan el requisito  de señalaba que no podían ser  sujetos al ejercicio de facultades de comprobación , o de la determinación de  contribuciones omitidas, sin que hayan corregido su situación fiscal, y

®  Si una persona moral o alguno de sus integrantes haya interpuesto un medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se determinó no renovar, revocar o no otorgar la autorización como PCCFDI y cualquier acto conexo de las mismas, Ya no podrán ser proveedores  

Reducciones de multas. Hay adiciones para la improcedencia en reducción de multas.

®  Cuando no hayan presentado la declaración anual del ISR del último ejercicio fiscal o, en su caso, las declaraciones complementarias que correspondan.

®  No haber cumplido con la obligación que dio origen a la imposición de la multa

®  Los  porcentajes de reducción de multas  seran del 10 %

Carta porte. Se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento carta porte hasta el 31 de diciembre de 2022 (antes 30 de septiembre) y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento carta porte”, publicado en el portal del SAT

Descarga el Boletín 7a reforma a RMISC 2022 de la siguiente liga: Presiona Aquí.