El próximo miércoles 1 de Noviembre de 2018 comenzara a utilizarse el nuevo esquema de cancelación del CFDI, ya no hay más prorroga por lo que debemos tener en cuenta estos sencillos puntos para aplicar bien este esquema:
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1. Los CFDI no pueden cancelarse con NOTAS DE CREDITO.
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2. No se requiere aceptación del cliente para cancelar un comprobante que ampare:
- Ingresos por un monto total de $ 5,000.00, por concepto de nómina, egresos, traslado o ingresos
- expedidos a contribuyentes del RIF
- Emitidos mediante “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura Fácil”
- Por retenciones e información de pagos
- Por operaciones con público en general
- Emitido por los integrantes del sistema financiero
- Por concepto de derechos, productos y aprovechamientos
- Emitido dentro de las 72 horas hábiles inmediatas siguientes a su expedición.
- Por el que se ejerció la opción de incorporar PUE, y este no hubiese sido pagado el 17 del mes
- inmediato, lo que conlleva a cambiar el documento por PP.
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3. Si se desea cancelar un CFDI que esté asociado al comprobante, primero debe cancelarse el relacionado.
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4. El receptor del CFDI al momento de recibir la solicitud de cancelación tendrá tres opciones:
- Aceptarla en cuyo caso, el CFDI queda cancelado.
- Rechazarla, aquí no se cancela el CFDI
- Responderla, se cancela el CFDI trascurridas las 72 horas.
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