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SALARIOS MINIMOS y VACACIONES 2023 IMPACTO ECONOMICO

Con el incremento a los salarios mínimos de la Zona Frontera Norte del País (ZFNP) a $ 312.41 y del resto de la República a $ 207.44, se modifican los salarios base de cotización para efectos del pago de Cuotas Obrero Patronales, también impactara el aumento de las vacaciones.

En el primer año, el factor de integración era del 4.52 % a partir del 2023 el factor será del 4.93 % lo que significa un incremento del 9% mas

A partir de este año, veremos reflejados dos incrementos para el salario base de cotización, el primero como cada año por el incremento a los salarios mínimos, y el segundo por el aumento en el número de días de vacaciones, será un año económicamente más complicado para  que las micro y medianas empresas puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.

La omisión en la presentación de los avisos de  modificaciones salariales a más tardar el 6 de enero de 2023, puede provocar una sanción si no consideran los nuevos salarios base de cotización desde el primer dia del mes de Enero de 2023; esta multa es de 20 a 125 veces la UMA; esto equivale  entre $ 1,924.40 a $ 12,027.50 por no comunicar al Instituto o hacerlo extemporáneamente los cambios al SBC con fundamento en los artículos  287; 304-A, fracc. III y 304-B, fracc. II, de la Ley del Seguro Social.

Respecto de las retenciones a los trabajadores, existe un problema y es porque el  artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que los trabajadores que perciben salario mínimo NO se les efectuara retención del ISR, sin embargo como no ha sido modificada la tarifa del SUBSIDIO al empleo, al realizar el cálculo si hay una retención. Las autoridades fiscales no se ha pronunciado al respecto para el timbrado de los CFDI de nóminas donde técnicamente si resultada una retención y jurídicamente no se les puede retener.

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