El SAT ha dado a conocer la 5ª versión de lo que podría ser la primera modificación a las reglas MISCELANEAS, destacando tres puntos importantes:
® Se amplía el plazo para la presentación de la declaración anual de las personas físicas hasta el último día de mayo de 2021.
® Los contribuyentes obligados a presentar la DISIF del ejercicio 2020 podrán no incluir la información relativa a sus operaciones con partes relacionadas siempre que cumplan con varios requisitos entre los que se encuentran:
· Se presente a más tardar el 30 de septiembre del 2021
· Se envíe completa, sin errores o inconsistencias y cumpliendo con lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables, y
· Se envíe a través del portal del SAT o mediante el aplicativo
Los contribuyentes obligados a presentar la ISSIF son aquellos que grandes contribuyentes que tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores, así como las Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.
® Modifica diversos trámites fiscales contenidos en el Anexo 1-A
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