Tenemos prorroga por parte el Instituto Mexicano del Seguro Social para realizar todos los tramites con motivo de las modificaciones a las diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado el 23 de abril de 2021.
Lo anterior es así porque el día de hoy, 30 de julio, el IMSS da a conocer en el diario oficial de la federación el acuerdo emitido por el H. Consejo Técnico, en el cual autoriza prorrogar el plazo para los siguientes trámites
® Dar de baja los registros patronales por clase, obtenidos por las prestadoras de suministro de personal.
® Presentar los avisos cuatrimestrales de subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, a cargo de los contratistas.
® Considerar como sustitución patronal la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino de los subordinados reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad de estos y los riesgos de trabajo terminados, ante las instancias legales correspondientes
Este acuerdo del H. Consejo Técnico estará vigente hasta en tanto el Congreso de la Unión fije una nueva fecha y sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.
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