Para conocer sobre la distribución de los dividendos, es necesario entrar en el estudio de ellos, las bases, los requisitos y los efectos fiscales que traen como consecuencia, para ello comentamos los siguiente puntos finos:
Los dividendos son una distribución de las utilidades de una empresa y las políticas de su distribución forman parte de los estatutos que rigen la vida de la sociedad, se pagarán exclusivamente de las utilidades líquidas del ejercicio, o de las utilidades de ejercicios anteriores siempre y cuando estas provengan de una asamblea aprobada por los accionistas.
El monto del dividendo que tendrá cada accionista, dependerá de la participación accionaria que tenga dentro de la empresa, y significa un beneficio para los mismos
El proceso del pago de los dividendos debe reunir los requisitos que marca en su artículo 172 la Ley de Sociedades Mercantiles:
1. Un informe de los administradores sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio, así como sobre las políticas seguidas por los administradores y, en su caso, sobre los principales proyectos existentes.
2. Un informe en que declaren y expliquen las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera.
3. Un estado que muestre la situación financiera de la sociedad a la fecha de cierre del ejercicio.
4. Un estado que muestre, debidamente explicados y clasificados, los resultados de la sociedad durante el ejercicio.
5. Un estado que muestre los cambios en la situación financiera durante el ejercicio.
6. Un estado que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social, acaecidos durante el ejercicio.
7. Las notas que sean necesarias para completar o aclarar la información que suministren los estados financieros.
A la información anterior se agregará el informe de los comisarios a que se refiere la fracción IV del artículo 166.
La asamblea de accionistas se deberá reunir dentro de los cuatros meses que sigan a la clausura del ejercicio social para discutir, aprobar o modificar los estados financieros y notas y el informe del o los comisarios, así como la distribución de utilidades
Una vez determinado el monto que le corresponde a cada accionista, la empresa deberá realizar el pago a través de cheque nominativo a favor del beneficiario y para abono en cuenta o con transferencia bancaria; ahora bien es necesario señalar que cuando los dividendos provengan de la CUFIN anteriores al ejercicio 2013 no existe retención y por tanto tampoco entero del ISR; pero si ya provienen de los ejercicio 2014 o posteriores, la persona moral hará la retención y del 10 %
La empresa que paga los dividendos deberá expedir el comprobante fiscal por este concepto, indicando el monto pagado, la retención efectuada señalando si las utilidades repartidas provienen de la CUFIN y de qué año.
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