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JORNADA REDUCIDA Y SUS EFECTOS

Las circunstancias económicas que estamos viviendo como consecuencia de la pandemia, nos han obligado a ver aristas en las relaciones laborales como la reducción de las jornadas de trabajo ya sean estas por horas o por días, cuyo tratamiento afecta también  la esfera de seguridad Social.

En principio recordemos que las jornadas laborales diurnas son de 8 horas por día, con un máximo de  48 horas a la semana, mientras que la jornada nocturna es de  horas por día y 42 a la semana,  la  jornada mixta acumula 7.5 horas al día o un conteo final de 45 horas semanales; por lo que una jornada o semana reducida es menor en horas y días según convengan ambas partes, así es como el Artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo señala … Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.

En el ámbito laboral se deberá celebra un contrato de trabajo especificando claramente los días y horarios de trabajo así como el salario que se percibirá por cada día u hora trabajada, los periodos de descanso, así como el detalle de las actividades que realizara cada patrón, y entre más claro sea no habrá lugar a interpretaciones en caso de un juicio. Para protección de ambas partes, es importante destacar que no hay “formatos generales” que los contratos deben ser “trajes a la medida” por las actividades que realiza

Por cuanto hace al ámbito de Seguridad Social, la jornada reducida no es distinta de la semana reducida ambas deben calcularse en función de la forma de pago es decir por horas o por días, mientras que las Cuotas Obrero Patronales se deben cubrir con el monto del salario mínimo vigente, aun cuando el trabajador gane menos de este importe, con el cálculo del SBC (salario base de cotización) que se determina por las prestaciones que percibe durante el año, y se encuentran claramente regulados, en el artículo 2o., del Reglamento de la Ley del Seguro Social  en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

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