Al amparo de varios artículos contenidos en la Ley del Seguro Social, se establece el derecho para hacer uso de las GUARDERIA del IMSS.
Si eres una madre trabajadora y estás registrada bajo el Régimen Obligatorio del IMSS tienes derecho al servicio de guardería para tus hijos, desde 43 días de nacidos y hasta que cumplan 4 años de edad.
Las guarderías del IMSS son insuficientes para atender a los hijos de los trabajadores, por lo que para realizar el trámite se inicia con una solicitud de inscripción la cual está sujeta a la disponibilidad de lugares, además de cumplir los siguientes requisitos en original y copia:
Acta de Nacimiento
Curp
Cartilla Nacional de Salud
Solicitud de examen médico de admisión el cual será proporcionado en la guardería.
2 fotografías de tamaño infantil si la guardería no tiene para tomarlas
Comprobante de inscripción como beneficiario
Valoración del desarrollo del menor con discapacidad moderada para asignación de grupo, que lo proporciona la guardería
Los tramites se pueden realizar presencial o en línea.
Cuando ya no tienen las madres este derecho DEBERIAN dejar de pagar esta rama del IMSS que es de 1% para que con este ahorro los patrones les puedan proporcionar un apoyo para los periodos de vacaciones del jardín mientras las madres trabajan.
Descarga el Boletín Guarderías IMSS de la siguiente liga: Presiona Aquí.