El sistema de comunicación electrónico que tiene el SAT en su portal, mediante el cual las autoridades fiscales mantienen contacto con los contribuyentes para hacerles llegar notificaciones o resoluciones administrativas, y éstos a su vez podrán efectuar promociones, solicitudes, avisos y demás información que presenten se llama BUZON TRIBUTARIO, y es una obligación fiscal que debemos cumplir cabalmente teniendo modificaciones con motivo de la publicación de las RMISC aplicables a 2023. Los puntos finos son:
Nuevas prorrogas.
® Al 31 de Diciembre del 2023, la fecha para que las autoridades fiscales distintas al SAT, así como las autoridades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal, los organismos constitucionalmente autónomos y los particulares, puedan utilizar el buzón tributario para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales y como medio de comunicación entre las autoridades y los particulares, o entre sí.
® A partir del 1.o de enero de 2024, se impondrá multa a los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto.
Multas por incumplimiento de habilitación del buzón tributario.
® Al actualizarse las multas por efectos de la inflación, conforme a lo dispuesto en el artículo 86-C del CFF, se impondrá una multa de $ 3,420 a $ 10,260
Opción de no habilitar el buzón tributario.
® Se incorpora una regla donde se indica que tienen la opción de no habilitar el buzón tributario aquellos contribuyentes personas físicas cuya situación fiscal ante el RFC sea: sin obligaciones fiscales, sin actividad económica, suspendidos, así como las personas físicas que hayan obtenido ingresos por sueldos y salarios menores a 400,000 pesos en el ejercicio inmediato anterior.
® Las personas morales que cuenten ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
® Las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.
® No será aplicable la facilidad, tratándose de trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con buzón tributario
Descarga el Boletín Buzon tributario 2023 de la siguiente liga: Presiona Aquí.