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Cédula Municipal y Publicidad

El Viernes 26 de Septiembre del 2018  se publico en la GACETA OFICIAL como SESIÓN EXTRAORDINARIA dándose a conocer entre otros aspectos la Ley de  Ingresos del Municipio de Xalapa Veracruz; así es como dentro del Articulo 10  señalan los NUEVOS COSTOS  de los derechos de registro y refrendo anual de toda actividad económica y en particular la referente a los establecimientos o locales con giros comerciales que enajenen o expendan bebidas alcohólicas, así como los pagos por la Publicidad en comercial en la vía publica.

  CÉDULA   PUBLICIDAD  
Todos los propietarios de negocios comerciales industriales y de servicios deben EMPADRONARSE ante el municipio y obtener su cédula, para ello deben atender a los siguientes puntos:  
1. La vigencia es de 1 año.
2. La renovación es durante el mes de Ener
3. Cualquier movimiento que implique un cambio de giro, domicilio o de  propietario deberá ser notificado al municipio.
4. El formato de solicitud lo vende el municipio en  1.15 UMAS es decir $ 93.00
5. $ 100.00 es el costo de renovación de los giros que no vendan bebidas alcohólicas .Realmente No existe publicación respecto del costo de la  reexpedición en caso de no contar con la cedula original para refrendo, sin embargo la están manejando en un poco menos de 500 pesos, como la Ley no lo señala lo dejan a consideración.                                                                                    
Todos los anuncios comerciales en la vía pública o en los vehículos del servicio público de pasajeros deben contar con la autorización y pago ante el municipio, así como la regularización del permiso y su refrendo anual.  
1. Anuncios comerciales y publicitarios fijos tipo “A”.
2. Anuncios comerciales y publicitarios tipo “B” eventuales.
3. Colocación o regularización o refrendo de anuncios comerciales y publicitarios fijos tipo “C”.  

Por los giros ESPECIALES,  el refrendo anual  será del 11.5 % del costo de  una licencia nueva, razón por la cual en el ANEXO I encontrara el listado completo del costo de licencia nueva y  renovación  y  en el ANEXO II los tipos de anuncios y publicidad.

Si Usted desea que realicemos el  TRAMITE DE LA RENOVACIÓN DE SU CEDULA MUNICIPAL  le rogamos enviar:

  • Cedula original 2018
  • Pago del formato para llenarlo y que lo firme
  • 2 copias de su IFE vigente.
  • El importe de los derechos que debemos pagar de acuerdo a su giro
  • Firma Carta Poder

Todos los costos que vera a continuación están calculados con el valor de la UMA al mes de Enero con valor de $ 80.60, ya que a partir del mes de Febrero el valor se incrementa a $ 84.49 y tendríamos que re-calcularlos en caso de que no realice su refrende en este mismo mes.

ANEXO I                COSTOS POR LA EXPEDICION  y/o REFRENDOS DE LICENCIAS

Giro o Actividad Comercial Número de salarios mínimos Total a Pagar por Apertura Pago por Refrendo
Abarrotes con venta de cerveza 40.25 3,244 373
Abarrotes con venta de cerveza, vinos y licores 115 9,269 1,066
Agencias 287.5 23,173 2,665
Almacenes o Distribuidores 287.5 23,173 2,665
Billares 230 18,538 2,132
Cantinas o bares 230 18,538 2,132
Centros de eventos sociales 287.5 23,173 2,665
Centros deportivos o recreativos 287.5 23,173 2,665
Centros nocturnos y cabarets 1,150 92,690 10,659
Cervecerías 115 9,269 1,066
Clubes sociales 201.25 16,221 1,865
Depósitos 86.25 6,952 799
Discotecas 718.75 57,931 6,662
Hoteles y moteles 230 18,538 2,132
Kermeses, ferias y bailes públicos 143.75 11,586 1,332
Licorerías 132.25 10,659 1,226
Loncherías, taquerías, marisquerías, fondas, coctelerías,  torterías,  pizzerías y similares 86.25   6,952 799
Minisúper 172.5 13,904 1,599
Peñas, canta-bar, café-bar, vídeo-bar y café cantante 172.5   13,904 1,599
Restaurante 172.5 13,904 1,599
Restaurante-bar 230 18,538 2,132
Servi-car 172.5 13,904 1,599
Supermercados 287.5 23,173 2,665

Considerando la UMA del mes de Enero con valor de 80.60 pesos ya que a partir del mes de  Febrero el valor aumenta a 84.49 pesos

ANEXO II               COSTO POR ANUNCIOS COMERCIALES Y PUBLICIDAD

  1. Por la colocación deanuncios comerciales y publicitarios fijos tipo “A”
    • Anuncios adosados o de marquesina con dimensiones desde 1.00 metro lineal o fracción a 6.00 metros de largo y hasta 1.00 metro de altura, 46 UMAS ($3,708.00), por un año o fracción; y por el refrendo, por metro cuadrado del área de exhibición 1.15 UMAS ($93.00) por un año de vigencia o fracción.
    • Anuncios adosados o de marquesina con dimensiones de más de 6.00 metros lineales de largo y altura mayor o menor de 1.00 metro, por cada metro cuadrado o fracción del área de exhibición, 47.15 UMAS ($3,800.00), por un año o fracción, y por el refrendo por metro cuadrado del área de exhibición 2.30 UMAS  ($185.00) por un año de vigencia o fracción.
  2. Por la colocación de anuncios comerciales y publicitarios tipo “B” eventuales, según el tipo de anuncio
    • Lonas: 20 UMAS ($1,612.00) por metro cuadrado,  y 10 UMAS ($806.00) por mes o fracción.
    • Perifoneo: 20 UMAS ($1,612.00) por mes, y 10 UMAS ($806.00) por fracción.
    • Volantes: 20 UMAS ($1,612.00) por cada paquete de 500 ejemplares.
    • Botargas en la vía pública: ($1,612.00) por mes, y 10 UMAS ($806.00) por fracción; por pieza.
    • Magnavoces: 20 UMAS ($1,612.00) por mes, y 10 UMAS ($806.00) por fracción.
    • Amplificadores: 20 UMAS ($1,612.00) por mes, y 10 UMAS ($806.00) por fracción.
    • Ambulantes no sonoros: 20 UMAS ($1,612.00) por metro cuadrado, y 10 UMAS ($806.00) por fracción; por mes o fracción.
    • Pantallas: 20 UMAS ($1,612.00) por metro cuadrado, y 10 UMAS ($806.00) por fracción; por mes o fracción.
    • De leyenda de venta o renta de propiedades: 18.4 UMAS ($1,483.00) por metro cuadrado, y 9.2 UMAS ($742.00) por fracción; por mes o fracción.
    • De promoción de eventos: 23 UMAS ($1,854.00) por metro cuadrado, y 11.5 UMAS ($927.00) por fracción, por mes o fracción.
    • Colocados o fijados en inmuebles en construcción: 18.4 UMAS($1,483.00) por metro cuadrado, y 9.2 UMAS ($742.00) por fracción; por mes o fracción.
    • Tableros: 10 UMAS ($806.00) por metro cuadrado, y 5 UMAS ($403.00) por fracción; por mes o fracción.
    • Bastidores: 15 UMAS($1,209.00) por metro cuadrado o fracción, por mes o fracción.
    • Folletos: 20 UMAS ($1,612.00) por cada paquete de 500 ejemplares.
  3. Por la colocación, regularización o refrendo de anuncios comerciales y publicitarios fijos tipo “C”
    • Anuncios sobre techo, adosados al edificio con estructura, panorámico, pantalla electrónica, múltiple, inflable, prisma, diseños especiales con rayos láser, aeronaves, de una vista: 488.75 UMAS ($39,393.00); de dos vistas, 733.13 UMAS ($59,090.00); ambos por la colocación o regularización; y por el refrendo, por metro cuadrado del área de exhibición 2.30 UMAS ($185.00), por un año de vigencia o fracción.
    • Anuncios tipo valla de una vista: 477.25 UMAS de dos vistas ($38,466.00), 715.88 UMAS ($57,700.00), ambos por la colocación o regularización sobre pared o marquesina; y por el refrendo, por metro cuadrado del área de exhibición 2.30 UMAS ($185.00), por un año de vigencia o fracción.
    • Anuncios espectaculares, panorámico unipolar, pantalla electrónica, múltiple, inflable, diseños especiales de estructura metálica o fijados con tensores colocados en piso: 460 UMAS de una vista ($37,076.00);dedos vistas: 690 UMAS ($55,614.00), ambos por la colocación o regularización; y por el refrendo, por metro cuadrado del área de exhibición 2.30 UMAS ($185.00),  por un año de vigencia o fracción.
  4. Por la colocación, o en su caso, regularización del permiso, de anuncios comerciales y publicitarios fijos en el interior o exterior de vehículos, que tenga efectos en la vía pública repercutiendo en la imagen urbana:
    • En vehículos de servicio particular: 60 UMAS ($4,836.00), por la colocación; y por la permanencia o refrendo, por metro cuadrado o fracción del área de exhibición, 30 UMAS ($2,418.00),  por un año de vigencia o fracción.
    • En vehículos de servicio de transporte público de pasajeros: 90 UMAS ($7,254.00),  por la colocación; y por las permanencia o refrendo, por metro cuadrado del área de exhibición, 80.5 UMAS ($6,488.00),  por un año de vigencia o fracción.

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