En México, las personas físicas y morales que realizan determinadas actividades relacionadas con hidrocarburos y petrolíferos están obligadas a llevar controles volumétricos y enviar mensualmente sus reportes al SAT, analizamos a las GASOLINERAS por ser nuestra especialidad en servicios profesionales que ofrecemos.
Los puntos finos que se deben cuidar son:
1. Envió de los controles volumétricos
Reporte diario: Se genera y conserva como parte de la contabilidad.
Reporte mensual: Se envía electrónicamente al SAT.
La presentación debe efectuarse dentro de los primeros tres días naturales del segundo mes posterior al que corresponda la información.
Mes reportado | Fecha límite de envío |
Enero 2026 | 3 de marzo de 2026 |
Febrero 2026 | 3 de abril de 2026 |
Marzo 2026 | 3 de mayo de 2026 |
Abril 2026 | 3 de junio de 2026 |
Mayo 2026 | 3 de julio de 2026 |
Junio 2026 | 3 de agosto de 2026 |
Julio 2026 | 3 de septiembre de 2026 |
Agosto 2026 | 3 de octubre de 2026 |
Septiembre 2026 | 3 de noviembre de 2026 |
Octubre 2026 | 3 de diciembre de 2026 |
Noviembre 2026 | 3 de enero de 2027 |
Diciembre 2026 | 3 de febrero de 2027 |
2. Consecuencias de no enviar el reporte al SAT
El incumplimiento puede ocasionar sanciones fiscales conforme a los artículos 81 y 82 del CFF, dependiendo de la conducta infractora valoradas en $ 39,160 por cada mes que no se cuente con el acuse de aceptación.
3. Otras disposiciones que pueden dar lugar a consecuencias adicionales.
a. No enviar el reporte.
b. Enviarlo fuera de plazo.
c. Enviarlo, pero obtener un acuse de rechazo.
d. Enviarlo y obtener un acuse de recepción, pero no de aceptación.
Estos casos no necesariamente tienen las mismas consecuencias jurídicas, en particular si el SAT impuso una multa que ya fue pagada y no se ha cumplido con el envio correcto del mes puede ocasionar la suspensión provisional o definitiva de los sellos digitales, por lo que se debe distinguir si el archivo fue rechazado, si continúa en proceso o si nunca quedó registrado ante el SAT.
Ahora bien, la regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 contempla la posibilidad de reenviar archivos cuando la autoridad detecta errores informáticos, estableciéndose 2 disposiciones relevantes:
Primera: Los archivos pueden enviarse nuevamente por la misma vía, tantas veces como sea necesario, hasta que sean aceptados, dentro del plazo de presentación correspondiente.
Segunda: Cuando los archivos se enviaron y rechazaron por causas informáticas dentro de los dos últimos días anteriores al vencimiento, pueden reenviarse dentro de los cinco días siguientes a la comunicación del rechazo para que, una vez aceptados, se consideren presentados oportunamente.
También regula la sustitución de archivos previamente enviados cuando el contribuyente modifica información para corregir errores u omisiones.
4. Como subsanar el incumplimiento:
- Consultar el envío original. Ingresa al aplicativo de controles volumétricos del SAT, en el apartado Consultas. Localiza el mes correspondiente y verifica si aparece como aceptado, rechazado o pendiente de procesamiento.
- Identificar el problema. Si aparece rechazado, descarga el acuse de rechazo y revisa los errores señalados. Si únicamente existe un acuse de recepción, recuerda que este no demuestra que el archivo haya sido aceptado.
- Corregir y reenviar el archivo, cuando corresponda. Si fue rechazado, solicita al proveedor del sistema de controles volumétricos que corrija el archivo XML o JSON, conserve la información real del periodo y genere nuevamente el ZIP. Preséntalo en el aplicativo correspondiente hasta obtener el acuse de aceptación
- Documentar la regularización ante el SAT. Conserva el acuse original, los rechazos, el nuevo acuse de aceptación, la resolución que impuso la multa y su comprobante de pago. Si el aplicativo no permite reenviar o no produce el resultado de procesamiento, presenta una aclaración para que la autoridad revise la incidencia y señale cómo concluir el trámite.
El SAT confirma expresamente que el acuse de recepción únicamente acredita que el archivo será procesado, mientras que el acuse de aceptación acredita su recepción exitosa.
Descarga el Boletín Controles volumétricos de la siguiente liga: Presiona Aquí.
