Los contribuyentes ante los posibles actos de fiscalización de las autoridades del SAT, deben establecer como prioridad la prevención de posibles contratiempos que pudieran ser observadas en alguna de los posibles actos:
a. Visitas domiciliarias
- Revisiones de Gabinete
- Rectificar errores en las declaraciones y solicitudes
- Revisiones electrónicas
- Revisiones de Artículo 22 (por solicitudes de devolución)
- Revisiones de Dictámenes
- Revisión de la Contabilidad (diferencias en CFDI)
- Revisión al cumplimiento de las obligaciones fiscales
El proceso inicial de cualquier revisión, es el análisis que estudia el comportamiento fiscal de los contribuyentes a través de la información de la base de datos que obra en poder del SAT de donde determinan ciertas inconsistencias que pueden ser erróneas o ciertas.
Los requisitos que debemos cuidar en el oficio de la orden de inicio de facultades de comprobación que se le va a notificar al contribuyente en tiempo y forma, se encuentra en el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, debiendo contener estrictamente los siguientes requisitos:
· Constar escrito en documento impreso o digital.
· Indicar la Autoridad que lo emite.
· Indicar lugar y fecha de emisión.
· Indicar el objeto que tiene en realizar el presente acto, señalando fundamentación y motivación.
· Deberá estar firmado por el funcionario competente con la firma electrónica avanzada.
· Indicar el nombre del contribuyente a quien se dirige.
· Información y/o documentación que se le solicita al contribuyente, con el fin de desvirtuar lo observado por la Autoridad.
· Plazo que tiene el contribuyente para presentar la información.
· Lugar, horario y domicilio en donde presente la información y /o documentación.
Los contribuyentes deben cuidar los elementos suficientes que acrediten la certeza jurídica, contable y fiscal de sus operaciones con la finalidad de obtener resoluciones a favor en estos tipos de revisiones, como ejemplo podemos citar:
® Contratos de trabajadores, asimilados, servicios profesionales, arrendamiento, entre otros.
® Que todas las operaciones cuenten con su CFDI que reúnan los requisitos fiscales vigentes de forma y de fondo.
® También es importante la materialidad de las operaciones, no basta con tener contrato y cfdi
® Que sean estrictamente indispensables para las operaciones del contribuyente.
® Que las conciliaciones bancarias demuestren los ingresos y deducciones del contribuyente.
® Que la contabilidad guarde armonía y reflejen la autenticidad de los estados financieros del contribuyente.
® Que toda operación deducible deba tener un beneficio económico real antes del beneficio fiscal.
® Contar con todos los papeles de trabajo que acrediten fehacientemente las operaciones sean ingresos acumulables o deducciones fiscales.
Y sobre todo, tener tiempo y paciencia para dar respuesta a todos los documentos extra que solicitan los auditores fiscales.
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