Durante la reforma aprobada en materia de subcontratación laboral publicada el 23 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, se incluyó una modificación a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU), que debemos analizar toda vez que, el impacto económico para los patrones será fuerte.
La adición a la fracción VIII al artículo 127 de la LFT, establece que ahora debemos realizar cálculos adicionales toda vez que, se establecen límites máximos de pago de la PTU, consistentes en tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, aplicándose el monto que resulte más favorable a cada trabajador.
Procedimiento para la determinación de PTU
® Los trabajadores participaran de las utilidades de la empresa de conformidad con el porcentaje que al efecto determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa.
® Para determinar la participación de cada trabajador deberá constituirse cada año una comisión mixta integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, y
® La empresa deberá proporcionar a la comisión mixta que se constituya, las listas de asistencia, listas de raya y cualquier otro elemento de que disponga para realizar su función
Regla General. Calculo del 10 % de la renta gravable, como se había realizado, es decir considerando salarios percibidos y días trabajados.
Regla de los tres meses. Conocer el monto de tres meses del salario base de reparto de cada trabajador con derecho a PTU, y para los trabajadores de confianza con derecho a participar de la PTU, deberá calcularse los tres meses de salario, con base en el salario base de reparto como tope
Regla de tres años ponderados o promedio. Conocer el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, por cada trabajador
En base a los 3 cálculos anteriores, se le deberá entregar al trabajador la que sea de mayor cuantía, siempre y cuando no rebase el monto del 10% de la regla general.
Continua vigente el tope de un mes de salario para las Sociedades Civiles, Servicios Profesionales y Arrendamiento, lo anterior con fundamento en la fracción III del Artículo 127 LFT
Para ejemplificar vamos a partir de algunos supuestos muy básicos y sencillos para comprender como se aplican los topes.
PTU a repartir en 2022 del 10% de acuerdo a la Declaración Anual del ejercicio 2021 que es de $ 200,000
A. Número de trabajadores 10, por lo tanto a cada uno les tocaría $ 20,000
B. Suma de los 3 meses de salario de cada trabajador $ 30,000
C. Promedio de los últimos 3 años de Utilidades repartidas del 2020, 2019, y 2018 que hacen un importe de cada trabajador de $ 18,500
Procedimiento:
1º Se compara B contra C y se elige el que resulte de mayor beneficio a los trabajadores, en este caso B es lo que se debe repartir a cada trabajar que serían 30,000 a cada uno.
2º Se debe comparar ahora contra el resultado de A, y como solo se tiene que repartir $ 20,000 a cada trabajador, se elige este porque NO SE PUEDE REPARTIR más del monto del cálculo de la PTU.
Otro ejemplo sería que las opciones entre B y C de cada trabajador no rebasen la opción A para poder escoger la más favorable entre B y C, como es el caso de Antonio que le favorece la opción B y a Juan le favorece la opción C; ya que en caso contrario que alguna de las opciones ya sea B o C rebasen a la Opción A se tendrá que utilizar esta última que viene siendo el caso de Patricia.
A | B | C | |||
Primer Calculo | Segundo Calculo | Tercer Calculo | |||
Trabajador | Monto individual de PTU a repartir | Monto equivalente a tres meses | Monto tres años ponderados | El más favorable entre B y C | PTU a pagar |
Antonio | 60,805.86 | 45,000.00 | 30,000.00 | 45,000.00 | 45,000.00 |
Juan | 66,300.37 | 36,000.00 | 52,000.00 | 52,000.00 | 52,000.00 |
Patricia | 72,893.77 | 80,000.00 | 64,400.00 | 80,000.00 | 72,893.77 |
TOTAL | 200,000.00 | 161,000.00 | 146,400.00 | 169,893.77 |
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3 comentarios en “PTU A PAGAR EN 2022 CON EJEMPLOS PRACTICOS”
QUE SE HACE CON LA DIFERENCIA DEL PTU DETERMINADO CON BASE A ISR Y EL ENTREGADO
SEGUN SEA EL MAS FAVORABLE
Muchas gracias al Despacho Palafox , soluciones fiscales por su apoyo en la publicación el caso practico para calcular la PTU. con la reforma laboral Art. 127 , Bendiciones a la firma y a su personal.
Muchas gracias.