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OBLIGACIONES Y MULTAS APLICABLES EN 2021

Las obligaciones patronales que se deben cumplir ante el Instituto Mexicano del Seguro Social como ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores,  están contenidas en el cuadro siguiente asi como las multas por su incumplimiento o cumplimiento extemporáneo siempre que medie un requerimiento de  la autoridad; y se modifican en base al valor de la UMA.

Obligación

Plazo y medio para su observación y fundamento legal

Multa por  omisión o cumplimiento extemporáneo

IMSS

Infonavit

Inscribir a los trabajadores a su servicio

 

 

Dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, o el día hábil anterior al inicio del vínculo de trabajo

Multa de 20 a 350 veces la UMA $1,792.40 a $ 31,367

Multa de:
tres a cinco UMA            $ 268,86  a $ 448.10 por cada trabajador no inscrito o afiliado de forma extemporánea, cuando sean de uno a 100, y
301 a 350 UMA  $26,975.62 a $31,367, si son más de 100

Registro patronal ante el IMSS e Infonavit

 

 

Cinco días hábiles a partir del inicio de la primera relación laboral, mediante la presentación de los formatos oficiales  

Multa de 20 a 350 UMA $1,792.40 a $31,367

Multa de 301 a 350 UMA  $26,975.62 a $31,367

Determinar, retener y enterar las cuotas obreras y amortizaciones de crédito de los trabajadores

Las cuotas obreras se enterarán dentro de los 17 primeros días de cada mes, mediante las cédulas en papel o medio magnético (SUA).

Multa de 20 a 75 UMA
$1,792.40 a $6,721.50

Multa de 301 a 350 UMA
$26,975.65 a $31,367

Determinación de cuotas obrero-patronales, aun cuando no se paguen

Dentro de los 17 primeros días de cada mes o cada bimestre, mediante las cédulas en papel o medio magnético

Multa de 20 a 75 UMA $1,792.40 a $6,721.50

 

Obligación

Plazo y medio para su observación
y fundamento legal

Multa por  omisión o cumplimiento extemporáneo

IMSS

Infonavit

Presentar los avisos de alta, modificaciones salariales y bajas de los trabajadores

En todos los casos los movimientos al IMSS deben ser durante los cinco días hábiles a partir de la fecha en que se da el hecho generador del movimiento. Solo cuando se trata de modificaciones a los salarios variable a  más tardar a los cinco días hábiles de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

 

 

Altas: multa de 20 a 350 UMA  $1,792.40 a $31,362
modificaciones al salario: multa de 20 a 125 UMA $1,792.40 a $11,202.5, y
bajas: seguir cubriendo cuotas hasta el día siguiente a la presentación del aviso respectivo

Altas, modificaciones salariales y bajas: multa de 251 a 300 UMA
$22,494.62 a $26,886.
En caso de los avisos de baja, el patrón debe cubrir las aportaciones correspondientes hasta en tanto no presente el aviso respectivo

Obtener y conservar los comprobantes de pago de las cuotas obrero-patronales  en los formatos impresos o en los medios magnéticos respectivos

El plazo de conservación es de 5 años 

 

De no conservarlos, se presumirá el incumplimiento de pago

Multa de 201 a 250 UMA
$18,013.62 a $22,405

Pagar los recargos y actualización correspondientes cuando los créditos fiscales se enteren extemporáneamente

Se generan durante todo el tiempo que no se cubra la contribución y se pagan a través de las cédulas de autodeterminación elaboradas por los patrones  

Multa del 40 al  100 % del concepto omitido.

Pagar los capitales constitutivos procedentes

Dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos su notificación 

Multa del 40 al 100 % del concepto omitido.

 

Obligación

Plazo y medio para su observación
y fundamento legal

Multa por  omisión o cumplimiento extemporáneo

IMSS

Infonavit

Proporcionar información requerida por el IMSS e Infonavit

 

Libros y registros integrantes de la contabilidad, diagramas y diseño del sistema de registro electrónico, solicitados en el curso de una visita: de inmediato documentos referentes al cumplimiento de obligaciones fiscales: seis días, y tratándose de datos e informes: 15 días, plazo que podrá ampliarse hasta por 10 días más cuando la información sea de difícil obtención

Multa de 20 a 210 UMA
$1,792.40 a $18,820.20

Multa 251 a 300 UMA
$22,494.62 a $26,886.00

Facilitar información relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones

Comprobantes de pago de aportaciones, entero de descuentos y demás datos necesarios para el cumplimiento de sus fines

 

Multa 251 a 300 UMA
$22,494.62 a $26,886.00

Permitir inspecciones y visitas domiciliarias practicadas por el IMSS e Infonavit

En el día y lugar señalados en la orden correspondiente

 

Multa de 20 a 125 UMA
 $1,792.40 a $11,202.50

Multa de 301 a 350 UMA
$26,975.62 a $31,367.00

Elaborar y entregar a los trabajadores constancias de los días laborados

Semanal o quincenalmente, dependiendo de la periodicidad del pago de salarios  

Multa de 20 a 75 UMA $1,792.40 a $6,721.50

Multa de tres a 150 UMA $268.86 a $13,443.00

Comunicar al IMSS los riesgos de trabajo sufridos por sus trabajadores

Dentro de las 24 horas siguientes de ocurrido el siniestro si se suscitó en la empresa; o de que se tenga conocimiento del mismo si ocurrió fuera del centro de trabajo. 

Multa de 20 a 350 UMA
$1,792.40 a $31,367.00

Llevar un registro pormenorizado y actualizado de los riesgos de trabajo acaecidos a los trabajadores

Durante todo el ejercicio (1o. de enero al 31 de diciembre). Es necesario recabar los datos del propio trabajador o sus familiares, o directamente del IMSS  

Multa de 20 a 350 UMA
 $1,792.40 a $31,367.00

 

Obligación

Plazo y medio para su observación
y fundamento legal

Multa por  omisión o cumplimiento extemporáneo

IMSS

Infonavit

Comunicar al IMSS cualquier modificación de la empresa o patrón

Cinco días hábiles contados a partir de que ocurra el hecho.

  

Multa de 20 a 75 UMA $1,792.40 a $6,721.50

Multa de 251 a 300 UMA $22,494.62 a $26,886.00

Solventar los errores u omisiones en la información que tiene obligación de presentar al Infonavit

En los términos establecidos en la ley y sus reglamentos, pudiendo ser por vía presencial o en línea.

 

Multa de tres a 150 UMA
 $268.86 a $13,443.00

Avisar al IMSS e Infonavit sobre el estallamiento de huelga y su terminación

Inicio: dentro de los ocho días hábiles siguientes a aquel en que ocurra el hecho en caso del IMSS y cinco tratándose del Infonavit, y terminación: a más tardar a los cinco días hábiles siguientes a su conclusión  

Multa de 20 a 125 UMA
$1,792.40 a $11,202.50

Multa de 251 a 300 UMA
$22,494.62 a $26,886.00

Informar bimestralmente a los trabajadores sobre las aportaciones efectuadas a su cuenta individual del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Se entrega Bimestralmente y puede hacerse mediante la impresión de la cédula generada por el SUA

 

Multa de 20 a 75 UMA
$1,792.40 a $6,721.50

Presentar el dictamen de obligaciones
en Seguridad Social, cuando se esté obligado o se opte por ello

A más tardar el 30 de septiembre siguiente al ejercicio fiscal inmediato anterior para efectos del IMSS, y dentro de los seis meses siguientes a la fecha de presentación del aviso de dictaminación.

 

Multa de 20 a 75
UMA cuando es
optativo $1,792.40 a $6,721.50,
y de 20 a 350 UMA
de ser obligatorio $1,792.40 a $31,367.00

Multa de tres a 150 UMA
$268.86 a $13,443.00

Comunicar al IMSS y al Infonavit los datos de los contratos de prestación de servicios y de las partes que los suscriben, celebrados o novados en el trimestre de que se trate. Outsourcing

Dentro de los primeros 15 días hábiles de enero, abril, julio y octubre, cuando un patrón o sujeto obligado, en virtud de un contrato. 

Multa de 20 a 350 UMA  $1,792.40 a $31,367.00

Multa de 251 a 300 UMA
$22,494.62 a $26,886.00

Descarga el Boletín de Obligaciones y multas aplicables en 2021 de la siguiente liga: Presiona Aquí.

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