El 30 de diciembre de 2019 se publicó en el DOF un ajuste a las cantidades previstas en el Código de Comercio, cuyos importes estarán vigentes desde el 1o. de enero de 2020, las actualizaciones como ahora le llaman son los siguientes montos:
- 8,191.76 pesos, multa impuesta por un juez como medida de apremio para que haga cumplir sus determinaciones.
- 4,9095.88 pesos, multa aplicable a los peritos omisos en presentar su escrito de aceptación y protesta del cargo o el dictamen pericial en el término concedido por el juez.
- 682,649.89 pesos, cuantía de la suerte principal de las resoluciones que serán irrecurribles, es decir, que se pueden seguir en una segunda instancia.
- 682,649.89 pesos, monto en el cual no será procedente la apelación en juicios mercantiles ventilados en los juzgados de paz o de cuantía menor.
- De 2,299.59 a 7,447.30 pesos, sanciones para cualquiera de las partes que no asista a la audiencia preliminar sin una causa justificada.