Libros

LIBROS SOCIALE

Todas las personas morales y de manera especial tratándose de Sociedades Mercantiles, estas tienen obligación de registrar sus movimientos administrativos y operativos, dejando así un rastro de todas las operaciones, decisiones y consecuencias que tienen las empresas, a estos registros se les llaman libros sociales o también libros corporativos.

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Ahora bien, en base a la Ley General de Sociedades Mercantiles se establece la obligación que tienen las Sociedades Anónimas de llevar los siguientes libros:

  • Registro de accionistas (art. 128, LGSM)
  • Actas de Asamblea (art. 194, LGSM)
  • Variaciones de capital (art. 219, LGSM)

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De conformidad por lo dispuesto en el Artículo 46 Bis del Código de Comercio los libros podrán llevarseimpresos, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología.

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Por cuanto hace al plazo obligatorio de conservación, el Articulo 46 del mismo Código de Comercio prevé el deber de conservar los libros por un mínimo de 10 años, mientras tanto que en materia fiscal, el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación impone la conservación de las actas constitutivas y las actas en las que se haga constar el aumento o disminución de capital, fusión o escisión de las sociedades, por todo el tiempo en que subsista la Sociedad.

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