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DECLARACIÓN ANUAL EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

En términos del Artículo 74 de la Ley del Seguro Social debemos cumplir en este mes de Febrero, con la presentación de la   DECLARACION ANUAL EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.

 

La vigencia de la nueva prima se aplicara   del 1º de Marzo de 2023 al 28 de Febrero del 2024, y con el objetivo de realizar un cálculo adecuado, es necesario contar con los formatos que a continuación señalamos  aplicables solo si alguno de sus trabajadores sufrió un accidente o enfermedad que el IMSS haya considerado como un riesgo de trabajo.

 

*      ST-2  Dictamen de alta por riesgo de trabajo

*      ST-3  Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo.

*      ST-7  Aviso de atención medica inicial y calificación de probable accidente de trabajo.

*      ST-9  Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajo.

Están exentos de presentar esta declaración anual de la prima quienes:

®  La prima de riesgo para utilizarse en  2023 sea igual a la calculada para el 2022

®  Sus operaciones no cubran totalmente el periodo mencionado, ya sea porque se dieron de alta ante el Seguro social después del 1o. de enero, o cambiaron de actividad, en cuyo caso cotizarán con la prima media de su clase hasta que completen el año requerido por la ley

®  Hayan comunicado una baja patronal y a los seis meses un alta con la misma actividad

®  No tuviesen personal a su servicio por más de seis meses ni presentado el aviso de baja patronal respectivo.

®  Quienes tengan menos de 10 trabajadores la ley del IMSS les da la facultad de no presentar la declaración anual correspondiente, siempre que cubran las cuotas del SRT con la prima media de su clase.

Obviamente para las omisiones existen estas sanciones:

La falta en la presentación de la declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo podrá incurrir en una multa de 20 a 210 SMG (UMAS) según lo señalado en el artículo 304 B fracción III de la LSS. ($  2.074.80 a $ 21,785.40)

®  Por no dar aviso al Instituto de los riesgos de trabajo, ocultar su ocurrencia en las instalaciones o fuera de ellas en el desarrollo de sus actividades la multa es de 210 a 350 veces la UMA, que va desde los $ 21,785.40 a $  36,309.00

 

®  Por omitir, presentar, hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos la declaración anual de la prima en el seguro de riesgos de trabajo la multa será de 20 a 210 veces cuyo importe  de la UMA que va de los $ 2,074.80 hasta $ 21,785.40

Descarga el Boletín Declaración anual en el seguro de riesgos de trabajo de la siguiente liga:
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