A pesar de que la norma general establece que los contribuyentes que requieren cancelar un CFDI expedido deben solicitar la aceptación de su cliente para poder hacerlo; hay facilidades que son importantes de recordar para que podamos realizar la CANCELACION de manera rápida.
- Cuando los importes totales sean de hasta $5,000.00
- Por concepto de nómina
- Cuando la cancelación se realice dentro de los tres días siguientes a su expedición.
- Los CFDI por concepto de egresos
- Cuando se hubiera optado por emitir el CFDI como forma de pago en una exhibición por una operación que se liquidaría en parcialidades o de forma diferida a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, pero se incumple dicho pago
- Por concepto de traslado
- Los ingresos expedidos a contribuyentes del RIF
- Los emitidos a través de la herramienta electrónica de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”
- Expedido en operaciones realizadas con el público en general
- Los CFDI que ampare retenciones e información de pagos
- Ingresos expedidos por contribuyentes que enajenen bienes, usen o gocen temporalmente bienes inmuebles, otorguen el uso, goce o afectación de un terreno, bien o derecho, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, así como por los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras
Los emitidos por los integrantes del sistema financiero