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BUZON TRIBUTARIO Y PARCIALIDADES

La regla que señalaba el mecanismo de comunicación del Buzón Tributario en donde se especificaba que los mecanismos de comunicación como medios de contacto disponibles son: el correo electrónico y el número de teléfono móvil para envío de mensajes cortos de texto; ahora omiten lo del “ envío de mensajes de texto”

Si hay pago en parcialidades a partir de la prorroga que dio el SAT de presentar la declaración anual del ejercicio 2019 para las personas físicas, iniciando en Junio y concluyendo en Noviembre;  además para aquellas personas que antes del 28 de abril de 2020 hubiesen presentado su declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio 2019, y hubieren optado por pagar en parcialidades su saldo a cargo y deseen cubrir las parcialidades en los nuevos plazos, para el pago de la primera parcialidad o de las subsecuentes, deben obtener los formatos pago (FCF) con las nuevas fechas de pago a través de los siguientes medios:

  • en la Administración Desconcentrada de Recaudación cercana al domicilio fiscal del contribuyente
  • en un caso de aclaración dentro de “Mi Portal”
  • a través de MarcaSAT: 55 627 22 728

Si el contribuyente prefiere, puede presentar una declaración complementaria a efectos de que el sistema genere el FCF de manera automática.

En los casos en que se haya efectuado algún pago con anterioridad, en la declaración complementaria, éste se deberá señalar en el apartado de monto pagado con anterioridad.

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