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BUZON TRIBUTARIO 2021

El buzón tributario es un  medio de comunicación  que le ha aportado al SAT grandes beneficios por ello ahora otras autoridades  también harán uso de el, mientras tanto le damos a conocer un resumen de las últimas modificaciones.

Habilitación del buzón tributario. Los contribuyentes están obligados a habilitar su buzón tributario, registrar y mantener actualizados sus datos de contacto conforme a las reglas misceláneas, y la fecha límite para actualizarlo vence el próximo 31 de Marzo de este año para quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal y también para quienes prestan servicios e a través de Plataformas tecnológicas.

Nuevo contacto. Todos los  contribuyentes deberán manifestar un correo electrónico y un número celular como datos de contacto para el buzón tributario;  por lo cual es necesario actualizar los datos adicionando lo que haga falta a más tardad el día  30 de abril de 2021.

Uso del buzón tributario por autoridades distintas al SAT. Las autoridades fiscales distintas al SAT, como el IMSS, el Infonavit, la Procuraduría Federal del Consumidor, la CONAGUA, así como las autoridades que ejercen la facultad de fiscalización en las entidades federativas, podrán hacer uso del buzón tributario para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales, incluyendo aquellas que puedan ser recurribles a partir del   31 de diciembre de 2021.

Descarga el Boletín de Buzon Tributario 2021 de la siguiente liga: Presiona Aquí.

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